Publicado por SUN ∙ 27/01/2023

Nuevo Convenio SEPAR – SUN: deadline para integrarse, 6 de febrero de 2023

Atención: ¡para todos los asociados a la SUN, tenemos una gran novedad! Si estás interesado en sumarte al convenio con SEPAR abonando por 2023 sólo 35 dólares al año, completa el formulario adjuntando la copia de tu depósito en nuestra cuenta bancaria.

Plazo para inscribirse: 6 de febrero de 2023, fecha en la que cerraremos la lista por todo el año 2023 para volverla a abrir en diciembre de este año, por las membresías para 2024.

 

Resumen del Convenio

OBJETO

El objeto del CMSH es otorgar a SUN el estatus de Sociedad Hermanada con SEPAR, que supone:

1. Los derechos de membresía institucional completa de SEPAR a la propia SUN.

  • En ningún caso SUN ostentará los derechos de socio de pleno derecho de SEPAR recogidos en el artículo 24 de sus Estatutos.

2. Algunos de los beneficios de la membresía individual de SEPAR a todos los miembros de SUN que se regulan en este Convenio.

  • En ningún caso los miembros de SUN ostentarán los derechos de socio de pleno derecho de SEPAR recogidos en el artículo 24 de sus Estatutos.
  • Estar en posesión del diploma y del carné acreditativos de su condición y titularse como miembro de la Sociedad en sus documentos y expedientes.
  • Asistir personalmente e intervenir con voz y voto en las asambleas generales ordinarias y extraordinarias de la SEPAR.
  • Conocer el estado de cuentas, ingresos, gastos y, en general, tesorería de SEPAR.
  • Elegirá los miembros de la Junta Directiva de SEPAR en la forma que se determine, de acuerdo con los presentes estatutos y los reglamentos que se elaboren y aprueben.
  • Elegirá los comités ejecutivos de las áreas de trabajo en las que puedan participar.
  • Ser elegible para ocupar puestos o cargos en la Junta Directiva o en cualquier otro órgano de la SEPAR, incluyendo los comités ejecutivos de las áreas de trabajo, los comités técnicos asesores de la Junta Directiva y los comités de los órganos de expresión de la SEPAR.

 

OBLIGACIONES DE SEPAR

3.1. SEPAR otorgará a SUN los siguientes beneficios especiales por su condición de Sociedad Hermanada:

3.1.1. Se alentará la participación de distinguidos miembros de SUN en el programa científico del Congreso SEPAR, tanto por parte de SEPAR como de SUN.

3.1.2. SEPAR apoyará el Congreso Nacional de SUN brindándole la posibilidad de solicitar al Comité Científico de SEPAR el Reconocimiento del Programa Científico del Congreso Nacional de SUN, ya sea en su totalidad o para sesiones especialmente seleccionadas. SEPAR realizará el nombramiento de al menos un cargo de responsabilidad de SEPAR para asistir al Congreso Nacional de SUN en representación de SEPAR.

3.1.3. Se alentará la participación de distinguidos miembros de SEPAR en el programa científico del Congreso SUN, tanto por parte de SEPAR como de SUN.

3.1.4. SEPAR apoyará la asistencia de los miembros de SUN al Congreso Nacional de SEPAR mediante una tarifa de inscripción reducida de 350 euros, para todos los Congresos Nacionales que se celebren durante la duración del CMSH.

3.1.5. A aplicar una reducción sobre la tarifa que abonan los miembros de SEPAR a los miembros de SUN. 

3.1.6. A activar la membresía de los miembros de SUN que figuren en el listado remitido por la Secretaría SUN a la Secretaría de SEPAR, en un plazo no superior a un mes desde la recepción del listado.

3.1.7. El Presidente de la SUN o aquél en quien éste delegue, salvo acuerdo expreso de la Junta Directiva de SEPAR debido a las materias a tratar, podrá asistir a las asambleas generales ordinarias y extraordinarias de la SEPAR, con voz pero sin voto.

3.2. SEPAR otorgará a los miembros de SUN los siguientes beneficios de membresía, siempre que la SUN esté al corriente en el pago de las cuotas de socio y de los Congresos en los términos que se regula en los apartados 3.1.4 y 3.1.5:

3.2.1. SEPAR proporcionará acceso electrónico a la revista Archivos de Bronconeumología y a todas sus publicaciones a todos los miembros de SUN, excepto los suplementos de los Congresos y Resúmenes del Congreso SEPAR que se distribuirán únicamente a los asistentes al Congreso.

3.2.2. SEPAR se reserva el derecho de cambiar el formato de Archivos de Bronconeumología a "acceso abierto", si es necesario. SEPAR distribuirá el boletín semanal de SEPAR (SEPARNEWS) a los miembros de SUN.

3.2.3. SEPAR proporcionará acceso electrónico a los boletines de todas las Áreas y Comités de SEPAR.

3.2.4. SEPAR y SUN cooperarán de forma proactiva para ofrecer a los miembros de SUN el acceso en condiciones de igualdad con todos los miembros SEPAR a las, actividades educativas online de SEPAR, a la realización del curso y examen de acreditación AGER, así como para dar apoyo a los servicios educativos de SUN por parte de SEPAR, según corresponda, mediante el Reconocimiento SEPAR.

3.2.5. Los miembros ordinarios, distinguidos y honorarios de SUN podrán participar en todas las reuniones, excepto las asambleas generales ordinarias y extraordinarias, derivadas de la actividad de SEPAR como Sociedad Científica, con voz pero sin voto.

3.2.6. SUN declara expresamente no tener ninguna categoría de miembros diferente a la anterior.

3.2.7. Los miembros de SUN no podrán acceder a otro tipo de membresía que SEPAR establezca con otras sociedades científicas salvo que así expresamente conste en los Convenios que con esas otras entidades suscriba SEPAR.

 

OBLIGACIONES DE LA SOCIEDAD URUGUAYA DE NEUMOLOGIA

4.1. SUN deberá encargarse de difundir entre sus miembros la información sobre la opción de obtener la membresía SEPAR en los términos indicados en este convenio, confeccionar el listado de miembros aprobados y cobrar las cuotas correspondientes a sus miembros, si así lo determina SUN.

4.2. SUN enviará anualmente a SEPAR el listado de miembros que hayan decidido acogerse a la membresía en SEPAR a través de este CMSH y hayan sido aprobados por SUN.

4.3. SUN enviará anualmente a SEPAR la suma total global de la cuota reducida de membresía SEPAR de sus miembros, durante la duración del CMSH. Este envío del pago se realizará anualmente un mes después del envío del listado de miembros SUN aprobados para activación como miembros SEPAR a través de este CMSH,

4.4. Con el fin de garantizar que todos los miembros de SUN reciban materiales y todas las comunicaciones relativas a la membresía SEPAR, SUN proporcionará a SEPAR la información de contacto de su base de datos de miembros, de acuerdo con la legislación del país SUN. Esta información será actualizada cada doce meses. SUN se asegurará de que todos los contactos estén Informados sobre esta transferencia y hayan dado su consentimiento. SEPAR se asegurará de utilizar los datos de contacto de los miembros de SUN solo para los fines que se incluyen en este CMSH, siempre que cumpla estrictamente la Ley de Protección de datos de España y el país SUN.

4.5. SUN cumplirá con la Constitución y los Estatutos de la SEPAR en su última versión aprobada. En particular, SUN se compromete a informar a todos sus Miembros de la exclusión de la Membresía de SEPAR en caso de Conflicto de Interés con Empresas de Tabaco y afines.

4.6. SUN garantizará en todo momento que sus miembros serán médicos o profesionales de las ciencias de la salud con título universitario de licenciado o de diplomado, que acreditarán sus conocimientos e interés por la fisiología o la patología respiratoria o torácica o que, por su actividad laboral, estén relacionados con ellas y que manifiesten por escrito su deseo de formar parte de la Sociedad;

Cualquier miembro de SUN no podrá beneficiarse de este Convenio con SEPAR:

  1. Si pierde la condición de socio de SUN por decisión voluntaria personal formalizada en los términos que establecen los Estatutos de SUN.
  2. Si pierde la condición de socio de SUN por cualquier otra causa.
  3. Si pierde alguno de los requisitos exigidos para acceder a la condición de socio, a criterio de la Junta Directiva de la SEPAR una vez informada por la SUN.
  4. Por llevar a cabo alguna acción censurable en el aspecto científico o profesional, contraria a los intereses y fines de la SEPAR, a criterio de la Junta Directiva de SEPAR y una vez haya recibido el informe de SUN sobre el particular.
  5. La separación de un socio de la Sociedad, por cualquiera de los motivos anteriormente mencionados, no le eximirá del cumplimiento de las obligaciones contraídas y que se tuvieran pendientes en ese momento.

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